Cuando fallece una persona, los bienes de los que era titular se reparten entre sus herederos. Si el fallecido era titular de una vivienda, ésta pasa a sus herederos.

Si la vivienda la heredan varios hermanos, pueden surgir problemas ya que puede que no exista acuerdo entre ellos sobre qué hacer con el inmueble.

En el caso de varios herederos, a cada uno le corresponde la parte proporcional de la vivienda porque es un bien indivisible, por ello debe decidirse en común sobre la vivienda.

Ante esta circunstancia existen distintas opciones:

 

  • Compartir la vivienda entre los herederos y acordar unas normas sobre su utilización y manutención
  • Que uno de los herederos compre la parte del resto de los herederos
  • Alquilar la vivienda a un tercero o a uno de los herederos, a cambio de una renta mensual
  • Vender el inmueble a un tercero y repartirse el precio

 

Cuando no exista acuerdo, es posible acudir a la vía judicial para que sea un juez quien decida qué hacer.

Pueden ser varios los motivos por los que los herederos no se pongan de acuerdo. Por ejemplo, que un coheredero quiera la vivienda para él, que uno quiera vender y los otros no, que existan diferentes coherederos que quieran quedarse con la vivienda, que uno de los herederos resida en la vivienda y considere que como lleva tiempo viviendo allí tiene un mayor derecho, etc.

 

¿Se puede desalojar a un heredero de una vivienda?

El que ocupa la vivienda puede ser propietario de una parte, pero eso no le da derecho a usar el inmueble en exclusiva. Lo que está haciendo la persona que ocupa la vivienda es privar al resto de herederos de disponer libremente de la vivienda. Esa persona se extralimita en su derecho de posesión y origina un daño y perjuicio al resto de herederos.

Ante esta situación a los coherederos solo les queda la opción de acudir a la vía judicial. No hace falta que todos ellos se pongan de acuerdo, si no que cualquiera de los coherederos puede instar el procedimiento judicial que corresponda.

 

Pueden darse los siguientes casos:

 

Vivienda cedida en precario. El heredero que vive en la casa puede encontrarse en situación precaria si no tiene un título de propiedad formal o un acuerdo de alquiler válido. El resto de herederos podrían pedir la devolución de la propiedad, los coherederos están en su derecho de ejercer acciones legales que acaban en desahucio.

 

Vivienda cedida en comodato. En este caso existe un acuerdo del resto de herederos, de los propietarios, que permite que uno de los herederos pueda utilizar la vivienda durante un periodo específico. Su uso se dece de forma gratuita, no se cobra alquiler. Transcurrido ese periodo, si la persona que está ocupando la vivienda no la desaloja voluntariamente, el resto de coherederos están en su derecho de ejercer las acciones legales para pedir la devolución de la propiedad y el desahucio.

 

División de una cosa común. Cuando los coherederos no llegan a un acuerdo sobre cómo administrar la vivienda de la cual son copropietarios, cada uno tiene derecho a solicitar en cualquier momento que se divida la cosa común. Se debe solicitar a un juzgado para que proceda con la disolución de la indivisión y determine la parte que corresponde a cada propietario.

En este caso, tras realizar una tasación del inmueble, se puede adjudicar el mismo a uno de los herederos debiendo compensar económicamente al resto, o proceder a la subasta de la finca y repartir el precio entre los coherederos.

 

Si es heredero de un inmueble y no existe conformidad entre los coherederos, lo mejor es que acuda a un profesional para que le asesore de la mejor manera posible. Si necesita ayuda personalizada o necesita asesoramiento puede solicitar una cita aquí.