VALIDEZ DE LOS INFORMES DE DETECTIVES PRIVADOS EN LOS PROCESOS DE FAMILIA

Por |2021-04-01T17:12:24+00:00abril 1, 2021|Actualidad Jurídica|

El informe de un detective privado es un medio de prueba que goza de mucha credibilidad en los juzgados porque el informe no solo aporta el testimonio de lo que el detective ha visto y escuchado durante la investigación, sino que, además, el informe se apoya en otros elementos probatorios que corroboran lo que describe (vídeos, fotografías…).

 

La Ley de Enjuiciamiento Civil contempla los informes de detectives privados como prueba documental que ha de presentarse en el momento de presentar la demanda o la contestación. Así, el artículo 265.5 de la Ley de Enjuiciamiento Civil nos dice:

“A toda demanda o contestación habrán de acompañarse: (…) Los informes, elaborados por profesionales de la investigación privada legalmente habilitados, sobre hechos relevantes en que aquéllas apoyen sus pretensiones. Sobre estos hechos, si no fueren reconocidos como ciertos, se practicará prueba testifical.”

Además, el investigador puede participar en la vista como testigo o bien como perito, siempre que tenga la formación y la acreditación para poder emitir un informe de peritaje.

 

Por lo demás, los informes de detectives privados deben cumplir con los siguientes requisitos:

 

– Que se realicen por un profesional legalmente habilitado con su correspondiente licencia o Tarjeta de Identificación Profesional;

– Que la parte que aporte el informe tenga interés legítimo;

– Que los datos obtenidos por el detective no lo hayan sido vulnerando los derechos fundamentales del investigado (datos obtenidos de forma ilícita mediante la interceptación de comunicaciones ajenas, invasión de lugares reservados a la intimidad o mediante engaño o provocación de delitos).

 

En asuntos relacionados con el derecho de familia los detectives privados pueden investigar distintas cuestiones. Así, por ejemplo:

 

– Temas económicos. Para determinar importes de pensiones de alimentos y/o compensatorias es fundamental disponer de los ingresos con los que cuentan las partes. En estos casos, un informe de un detective privado nos puede ser de utilidad para demostrar, por ejemplo, que un hijo mayor de edad está trabajando y obteniendo ingresos por su cuenta, o que un cónyuge percibe ingresos extras por otro empleo “extraoficial”, etc.

 

– Dejar constancia sobre los cuidados y atenciones a los menores. Debemos tener en cuenta que tener la guarda y custodia de los hijos implica disponer del tiempo necesario que te permita atender y cuidar de los menores de forma personal y directa. Por lo tanto, en los casos en los que se debate la guarda y custodia el informe de detectives privados puede ser de utilidad para revelar jornadas de trabajo incompatibles con los cuidados de los hijos, o la total delegación de los cuidados de los menores en terceras personas.

 

– Revelar adicciones o situaciones de riesgo que afectan y perjudican a los menores.

 

– Acreditar la convivencia en el domicilio familiar de una nueva pareja. La convivencia de forma habitual con una nueva pareja en el que fue el domicilio familiar puede dar lugar a la extinción del derecho de uso atribuido sobre la vivienda en el divorcio. La convivencia marital con una nueva pareja también puede suponer la extinción de la pensión compensatoria.